Tras meses de tensión y conflicto laborales, los trabajadores de FATE obtuvieron una resolución judicial determinante. La Sala 2 de la Justicia Nacional del Trabajo dictaminó que la empresa debe abonar los salarios adeudados a todos los empleados incluidos en el listado de personal afectado, validando el convenio colectivo suscripto con el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA) hace aproximadamente un año.
El fallo pone fin a la incertidumbre legal sobre el acuerdo de mayo de 2025, reconociendo su plena validez. Según Alejandro Crespo, titular del SUTNA, la sentencia fue categórica respecto de las obligaciones salariales de la empresa. Como explicó Pablo Bentivegne, abogado representante en la causa, existe un acuerdo vigente desde el año pasado que compromete a FATE a no realizar despidos hasta el 30 de junio de 2026, por lo que los despidos ejecutados el 18 de febrero carecen de validez legal.
La resolución judicial se fundamentó en la vigencia del acuerdo homologado por la Secretaría de Trabajo y la conciliación obligatoria que estaba en vigor al momento del fallo, lo que impide a la empresa despedir sin causa hasta junio de 2026. Esta decisión representa un alivio económico para los trabajadores que mantienen ocupación en la planta sin percibir remuneración, cortando la estrategia empresarial basada en el desgaste económico de los operarios.
Los representantes legales de los trabajadores subrayan que la sentencia tiene carácter obligatorio e inmediato, sin margen legal para que FATE continúe diluyendo los pagos. La Justicia también reconoció previamente que la ocupación de la planta constituye una extensión del derecho a huelga, reforzando la posición de los trabajadores. Si la empresa incumple la orden de pago, los abogados han señalado que procederán al embargo bancario para cobrar por la vía coercitiva.
Fuente: www.perfil.com
